Actos de conciliación y presentación de demandas judiciales

La conciliación procede cuando se quiere alcanzar algún tipo de acuerdo para evitar un pleito. Es un procedimiento de lo más usual en el ámbito laboral y en el civil. No se permitirá dicho acto en los siguientes supuestos:

  • Aquellos juicios en los que estén interesados los menores y todas aquellas personas que tengan capacidad modificada judicialmente para poder administrar todos sus bienes. Nuestros abogados en derecho civil pueden asesorarte cuando se trata de estos asuntos.

  • Aquellos juicios en los que el Estado, las Administraciones públicas y las Comunidades Autónomas estén interesados.

  • Proceso de reclamación de responsabilidad civil contra jueces y magistrados.

  • Los que se promuevan sobre materias no susceptibles de transacción ni compromiso.

MJO Asesoría / María José Ortega Cobos - Graduado Social Nº 2474 -  Calle Alcana, 15  2º 1ª - 03203 ELCHE (Alicante) Tlf: 688 90 55 77
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