Pensión de jubilación

Cálculo, Simuladores y Tipos

Antes de lanzarte al ruedo te vamos decir que esto no es un juego de niños, te aconsejamos que pongas tu futura jubilación en manos de profesionales. 

¡Y ahora sigue leyendo...!

¿Qué es la pensión de jubilación?

La pensión de jubilación es una prestación económica que otorga el Estado a todas aquellas personas que pueden dejar de trabajar al haber alcanzado una cierta edad. A partir de ese momento, reciben una cantidad de dinero mensual para el resto de sus vidas. Es única e imprescriptible. El objetivo principal es que las personas, una vez se jubilen, puedan seguir subsistiendo con esta paga.

Tipos de pensiones

Aunque en este artículo de información vamos a explicar la pensión de jubilación, hay que nombrar los tipos de pensiones que hay en España.

Pensiones contributivas

Se caracterizan por ser indefinidas (aunque no siempre). Para que se pueda conceder este tipo de pensión, debe haber habido una relación jurídica con la Seguridad Social, como haber contribuido un mínimo de cotización. Hay de diferentes tipos:

  • Por jubilación, bien sea una jubilación ordinaria o anticipada (por ser mutualista, debido a la realización de actividades penosas, tóxicas e insalubres, por discapacidad parcial y especial).
  • Por incapacidad permanente, total, absoluta y una invalidez fuerte. El objetivo de esta prestación es recibir una cantidad económica a cambio de cubrir la pérdida de rentas profesionales de una persona tras sufrir un proceso patológico o traumático causado por una enfermedad, accidente, etc., en el que la capacidad laboral de la persona se ve reducida y debilitada.
  • Por fallecimiento, como la viudedad, orfandad y en favor de familiares. Las únicas personas que no recibirán esta presentación serían aquellas que han sido condenadas por delito de homicidio del fallecido.

    El importe puede cambiar según la situación de la persona, es decir, tanto del trabajador como del empresario. Además, también puede variar si se trata de trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia.

    Pensiones no contributivas

    Son las pensiones que reciben los ciudadanos que se encuentran en una situación de necesidad y carecen de los recursos necesarios para subsistir, dentro de lo que la ley establece. Son las prestaciones que se dan:

  • Aunque no hayas cotizado en la vida
  • Aunque no hayas llegado al tiempo mínimo de cotización para que te puedan conceder una prestación contributiva.

La gestión de estos tipos de pensiones se les atribuye a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma. La cuantía exacta depende de las rentas personales y de la unidad familiar. Además, aquellos pensionistas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 75% pueden recibir un aumento del 50%.

¡Por favor sigue leyendo...!

¿Con cuantos años puedo jubilarme?

En España, ha habido cambios en los últimos años para poder jubilarse. Cada año van subiendo los años cotizados y, por tanto, la edad de jubilación.

¿Cómo sube la edad de jubilación? Desde el 2013, sube un mes cada año en la edad de jubilación. En el año 2022, subirán dos meses por año. En estos momentos (2019), es necesario haber cotizado 36 años y nueve meses o más para jubilarse a los 65 años. Si tienes cotizados menos de 36 años y nueve meses puedes jubilarte a partir de los 65 años y ocho meses.

Sin embargo, el año que viene (2020), volverá a aumentar: la edad de jubilación serán 65 años con 37 o más años cotizados. Si han cotizado menos de 37 años se podrán jubilar con 65 años y 10 meses. Cuando llegue el 2027, si alguien ha cotizado 37 años y tiene 67 años podrá obtener la pensión de jubilación máxima.

Los años de jubilación dependen del tipo de jubilación, pero siempre hay excepciones:

  • Una jubilación anticipada a partir de los 60 años por ser mutualista.
  • Una jubilación anticipada a partir de los 61 años sin tener la condición de mutualista.
  • Una jubilación parcial.
  • Una jubilación especial a los 64 años, para quienes se les aplicaba la legislación anterior.
  • Una jubilación del personal especial del Estatuto Minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros del cuerpo de la Ertzaintza.
  • Una jubilación flexible.
  • Una jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.

Calcular mi pensión de jubilación

Para que te sea más sencillo el proceso para calcular tu pensión jubilación te recomendamos los siguientes simuladores:

  • Simulador calcula tu pensión de jubilación de Jubilaciondefuturo.es
  • Simulador de la seguridad social

El primer paso para poder calcular una pensión de jubilación (ordinaria, de un trabajador a tiempo completo) es saber cuál es la base reguladora, es decir, la media de las bases por las que ha cotizado el trabajador en sus últimos años de vida laboral.

En la actualidad (2019), se toman las bases de cotización de los últimos 22 años, pero a partir de 2022 se tomarán las cotizaciones de los últimos 25 años. Para saber en la actualidad la base reguladora, hay que dividir por 308 las bases de cotización durante los 264 meses anteriores al del mes previo del hecho causante. Cuando se aplique la nueva regla en 2022, se utilizarán las últimas 24 bases de cotización (es decir, la de los dos últimos años) y se sumarán las últimas 300 bases de cotización que se dividirán entre 350 para sacar la base reguladora.

El siguiente paso es aplicar al resultado que nos haya dado el cálculo anterior a un porcentaje que depende del período de cotización del trabajador. En el 2019, por ejemplo, se alcanza un 100% de la base reguladora cuando se acreditan 35 años y medio de cotizaciones como mínimo. Para conseguir un 100% en el 2027, será necesario 37 años cotizados.

¿Existe un mínimo de años cotizados para cobrar la pensión por jubilación? Sí, ese mínimo son quince años cotizados, pero solo podrás acceder al 50% de la base reguladora.

Independientemente de estos cálculos, la cuantía de la pensión no podrá nunca superar la cantidad máxima que se establece cada año. En 2019 es de 2656,41€ cada mes.

Calcular pensión de los trabajadores a tiempo parcial

Anteriormente, hemos visto cómo calcular la jubilación en situaciones más generales como son las de un trabajador a tiempo completo. Sin embargo, la manera de calcularlo para aquellos trabajadores a tiempo parcial es diferente porque tiene ciertas reglas especiales para acreditar los requisitos de acceso a las pensiones contributivas.

Antes de la reforma que llevó a cabo el Congreso de los Diputados en 2014, se obligaba a un trabajador a tiempo parcial que trabajase 30 años para acreditar el mínimo (quince años) de acceso a esta pensión. Básicamente, porque un día trabajado a media jornada equivale a medio día cotizado de una jornada completa.

No obstante, esta nueva reforma añadió la adaptación de los requisitos a la parcialidad que hayan tenido los trabajadores a lo largo de su vida profesional. De este modo, tan solo se le exigirá el 50% de los quince años mínimos de cotización (siete años y medio) y, por tanto, solo tendrá que haber trabajado quince años para poder acceder a la pensión (exactamente lo mismo que un trabajador a jornada completa).

El primer paso para poder calcularla es obtener el coeficiente global de parcialidad, es decir, la parcialidad media que acredite a lo largo de toda su vida laboral. Si una persona ha trabajado toda su vida a tiempo completo tendrá un coeficiente del 100% y como mínimo se le exigirá quince años cotizados. Si alguien tuviese un coeficiente global de parcialidad del 70%, por ejemplo, tendrá que acreditar diez años y medio.

Al igual que con los trabajadores a tiempo completo, hay que sacar las bases de cotización de los últimos años de vida laboral. A partir de 2020 computarán las cotizaciones de los últimos 20 años, y a partir de 2022, los últimos 25 años. Con las bases de cotización se saca la base reguladora, que será el porcentaje de los años que se hayan cotizado. En la actualidad, si tienes quince años cotizados obtienes el 50% de la base reguladora. Para obtener el 100%, habrá que cotizar 35 años y medio como mínimo. Esta cifra aumentará según pasen los años. En 2027 tendremos que haber cotizado 37 años para tener el 100%.

Por lo que se refiere a la fijación de una cuantía, el número de días cotizados que resulten de la aplicación del coeficiente de parcialidad se incrementará con la aplicación del 1,5 del coeficiente, sin que el número de días que resulte pueda superar el período de alta a tiempo parcial. El porcentaje que se aplica sobre la base reguladora se determina como la escala general si el trabajador acredita un período de cotización inferior a quince años (teniendo en cuenta la suma de los días a tiempo completo con los días a tiempo parcial, contando ya con el coeficiente del 1,5), el porcentaje que se aplique sobre la base reguladora es equivalente al aplicarlo a 50% (como si hubiera cotizado quince años).

Para que se entienda mejor, veamos un ejemplo: Si un trabajador ha cotizado dieciséis años a tiempo parcial, con una parcialidad global del 50%, acreditará ocho años de cotizaciones, pero se le aplica el coeficiente de 1,5. Finalmente, acreditará 12 años de cotizaciones. Como cotiza menos de quince años, el porcentaje, en vez de ser de 100% será de 80%. Este porcentaje se aplica sobre el 50% que indica la ley y el porcentaje de la base reguladora es de 40%.


¡Por favor haz un último esfuerzo y continúa leyendo...!

Pensión para la jubilación anticipada

Se puede adelantar la edad, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Desgraciadamente, estos requisitos son cada vez más duros porque la nueva reforma indica que se tiene que haber cotizado un mínimo de 35 años para poder solicitar voluntariamente la jubilación y 33 años cotizados si la jubilación anticipada es forzosa o es una jubilación parcial.

Si se dejó de trabajar por un despido en una situación de crisis (lo que sería una jubilación anticipada no voluntaria), existen condiciones especiales:

  • Hay que tener una edad inferior de cuatro años a la edad ordinaria de jubilación en cada año, como máximo.
  • Hay que acreditar una cotización efectiva de 33 años, como mínimo.
  • Los autónomos no pueden solicitar una jubilación anticipada.

Otra opción es jubilarse dos años antes de la edad legal de forma voluntaria (no en una situación extrema o de crisis). Las condiciones son las siguientes:

  • Tener dos años menos de la edad ordinaria de jubilación (según el año), como máximo.
  • Haber cotizado 35 años, como mínimo.
  • Los autónomos también pueden solicitarla, siempre que cumplan con las dos condiciones mencionadas anteriormente.
  • El resultado de la pensión tras aplicar los coeficientes reductores (a causa del adelanto de la jubilación) tiene que superar la pensión mínima que le correspondería al trabajador por su situación familiar al cumplir los 65 años.

Cabe recordar que la jubilación anticipada sufre un recorte de la prestación importante, según el número de trimestres que se anticipe la jubilación sobre la edad legal establecida cada año y de los años cotizados. Este recorte se aplica desde el primer momento y se mantiene así durante toda la jubilación.

Por esto, es recomendable y merece la pena jubilarse antes de la edad permitida cuando se hace el cálculo de la pensión de jubilación y la prestación es suficiente para sobrevivir, cuando se calcule que antes de la edad legal de jubilación ya va a recibir el 100% (por haber cotizado muchos años), o cuando se logra la pensión máxima aún con los recortes de la prestación.

¡Ahora lee esto último, lo más importante...!

Como puedes observar esto no es un juego de niños para que te lances al ruedo tu solo, te aconsejamos que pongas tu futura jubilación en manos de profesionales para que no te lleves una desagradable sorpresa, que después no tendrá arreglo alguno.

...

MJO Asesoría / María José Ortega Cobos - Graduado Social Nº 2474 -  Calle Alcana, 15  2º 1ª - 03203 ELCHE (Alicante) Tlf: 688 90 55 77
Creado con Webnode
¡Crea tu página web gratis! Esta página web fue creada con Webnode. Crea tu propia web gratis hoy mismo! Comenzar